¿El padre tiene que pagar la estadía en el hospital si está allí debido a un niño enfermo?
SI. El importe de dicha estancia siempre lo determina la unidad hospitalaria individualmente. El paciente tiene derecho a cuidados de enfermería adicionales. Se entiende por cuidados complementarios de enfermería aquellos cuidados que no consisten en la prestación de servicios de salud, incluidos los cuidados prestados a una paciente durante el embarazo, parto y puerperio. El paciente corre con los costos de ejercicio de los derechos, si la implementación de estos derechos resulta en los costos incurridos por la entidad de salud que realiza actividades médicas como servicios de salud estacionarios y de 24 horas en el sentido de las disposiciones sobre la actividad médica. El administrador de la entidad determina el monto de la tarifa que compensa los costos, teniendo en cuenta los costos reales de ejercicio de los derechos. La información sobre el monto de la tarifa y el método de su determinación es pública y está disponible en las instalaciones comerciales de la entidad. Según el seguro, el Fondo Nacional de Salud cubre solo los costos de los servicios de salud que se brindan al paciente. La excepción es el reembolso de la estancia de la madre (en la sala de maternidad y recién nacidos) como parte de la "hospitalización prolongada de la madre que amamanta debido a la salud del niño - desde el quinto día después del nacimiento". El coste de dicha estancia es de 102 PLN por noche. A pesar de que en las salas de niños de los hospitales también hay madres lactantes, no se ha introducido un reembolso similar. No existe una lista de servicios que puedan considerarse médicamente necesarios. Establecer dicha lista es imposible, porque cualquier servicio puede ser considerado como un servicio necesario desde el punto de vista médico, si el médico determina que por razones de salud y debido a la duración esperada de la estadía del paciente, es necesario brindarle un tipo específico de beneficios de salud en especie, incluido el cuidado parental. Base jurídica: Reglamento del Ministerio de Salud que modifica el reglamento sobre prestaciones garantizadas en el ámbito de los programas de salud del 11 de enero de 2010 No. 5, ítem 29 según enmendada) Ley de 6 de noviembre de 2008 sobre los derechos de los pacientes y la Defensoría de los Derechos del Paciente (Revista Leyes de 2012, artículo 159)
Recuerde que la respuesta de nuestro experto es informativa y no sustituirá una visita al médico.
Przemysław GogojewiczPerito legal independiente especializado en asuntos médicos.