Cuando tenía 7 años, me diagnosticaron una discapacidad visual. El oftalmólogo diagnosticó el defecto en mi ojo izquierdo con +3.5 dioptrías y mi ojo derecho estaba sano. Se recetaron gafas para corregir este defecto. Usé las gafas durante varios años, pero no funcionaron. Durante las visitas, la oftalmóloga no pudo ayudarme, pero dijo que cuando cumpla 21 años, el ojo se irá formando y luego (en su opinión) será posible realizar una cirugía láser, corrigiendo este defecto por completo. La siguiente visita (a los 21 años) terminó de manera similar a las de mi juventud: la doctora dijo que gracias a las gafas mi vista no mejoraría de todos modos, y ella realmente no sabía qué me pasaba. Lo dejé por 4 años, hasta hoy. Acudí a un especialista en Wrocław (Centro de Oftalmología de Baja Silesia) y allí el oftalmólogo, después de realizar todos los exámenes, afirmó que tenía miopía (antes nadie podía diagnosticar correctamente mi caso), y por tanto ambliopía en el ojo izquierdo - y el llamado monocular (mi ojo izquierdo se apaga con la visualización normal y solo se enciende cuando cierro el ojo derecho). El médico también manifestó que en mi juventud fui mal guiado por un oftalmólogo y si hubiera reaccionado bien lo habría visto con normalidad, porque este defecto se podía curar hasta los 10 años. En este caso, ¿puedo solicitar una indemnización por deterioro permanente de la salud? ¿Y por la incompetencia de los médicos? Me di cuenta de que no existe tal método en el mundo para que mi ojo izquierdo funcione normalmente (las gafas no dan nada) y por el resto de mi vida solo veré con un ojo.
Un paciente siempre puede solicitar una indemnización a un médico mediante una acción privada. El médico está obligado a ejercer la profesión teniendo en cuenta las indicaciones de los conocimientos médicos actuales, los métodos y medios de prevención, diagnóstico y tratamiento de las enfermedades de que dispone, respetando los principios de la ética profesional y la debida diligencia. En ausencia de una definición de error médico, se debe utilizar la definición desarrollada por la jurisprudencia, en la que la disposición antes mencionada está a disposición de la disposición antes mencionada de que un error médico es un acto (omisión) de un médico en el campo del diagnóstico y la terapia, inconsistente con la ciencia de la medicina en el ámbito de que dispone el médico. . Al mismo tiempo, la negligencia del médico en términos de los deberes de rodear al paciente con cuidado y la organización de la seguridad de la higiene y el cuidado del paciente no es una negligencia médica. Es importante recopilar registros médicos, incluidas las opiniones no solo de un oftalmólogo, sino de un grupo más amplio de especialistas en este campo que dirían casi lo mismo con una sola voz. Una demanda civil es un procedimiento tedioso y es importante que la asistencia en este asunto también la brinde el Defensor del Paciente o un abogado especializado en derecho médico. En el llamado En los ensayos médicos, no es necesario probar una relación causal directa y firme, pero es suficiente asumir la ocurrencia de una relación con un grado adecuado de probabilidad de consecuencias típicas, pero incluso una relación tal como se define en el art. 361 del Código Civil sin embargo, debe producirse entre la conducta manifiestamente poco profesional y descuidada, y por tanto culpable, del imputado y el daño a la salud causado por el demandante. Sentencia del Tribunal Supremo - Sala de lo Civil de 20 de marzo de 2014. II CSK 296/2013 Base jurídica: Ley del Código Civil (Gaceta Oficial de 2014, artículo 121, según enmendada)
Recuerde que la respuesta de nuestro experto es informativa y no sustituirá una visita al médico.
Przemysław GogojewiczPerito legal independiente especializado en asuntos médicos.