Puede obtener una compensación por una infección nosocomial en la corte. Además, dependiendo de qué tan peligrosa haya resultado ser la infección hospitalaria para su salud, también puede reclamar una indemnización o una pensión del hospital. ¿Cómo obtener una indemnización por una infección nosocomial en los tribunales?
La indemnización por infección nosocomial se debe al paciente lesionado sobre la base de los artículos 444 del Código Civil, que se refieren a las lesiones personales, y el artículo 445 del Código Civil, que se refiere a la indemnización monetaria por los daños sufridos. Sin embargo, debe recordar que los procedimientos judiciales pueden tardar varios años y es posible que el veredicto del tribunal no se interponga en su camino.
Compensación de infecciones nosocomiales: ¿Qué puede obtener?
Al solicitar una indemnización por una infección nosocomial, puede solicitar una indemnización total por los daños materiales, por ejemplo, costes de tratamiento, lucro cesante, etc., así como daños morales, incluida la indemnización por el dolor y las dolencias causadas por la infección. Dependiendo de la cantidad que desee obtener en la corte, puede presentar un reclamo ante la corte de distrito o de circuito. Los tribunales de distrito conocen de casos en los que el valor del objeto de la controversia supera los 75.000 PLN (artículo 17, apartado 4, del Código de Procedimiento Civil).
Compensación por infección nosocomial paso a paso
Según la jurisprudencia de la Corte Suprema, no es necesario probar en qué momento exacto y por qué culpa sufrió su salud; basta con probar estas circunstancias con cierta probabilidad. Solo necesita tener argumentos convincentes de que la infección ocurrió en la instalación que está demandando. Sin embargo, no tiene que indicar a un empleado específico del hospital como el perpetrador.
Primero, se presenta al hospital con un reclamo de compensación y reparación, por lo que la carta debe describir cronológicamente el proceso de tratamiento, así como sus objeciones a la conducta del hospital. Si el hospital se niega a cumplir voluntariamente con sus reclamos, usted se queda con la búsqueda de sus derechos en los tribunales. Nota: en esta etapa, será necesaria la documentación médica del curso del tratamiento; de acuerdo con el artículo 18, párrafos 4a-4f de la Ley del 30 de agosto de 1991 sobre instituciones de atención médica, el paciente puede solicitar al centro de atención médica extractos, extractos o copias de sus registros médicos.