El dentista me hizo un tratamiento de conducto hace 3 o 4 años. Por lo que observé, ella no tomó ninguna nota en el registro del paciente. De hecho, ni siquiera los tenía. Ahora la foto del diente muestra que el diente es la mitad del conducto radicular, por eso duele. Tengo que pagar 600 PLN por el nuevo tratamiento (bajo el microscopio) con otro dentista. Creo que debería haber presentado una queja para que esta señora me devolviera el dinero que le pagué por el tratamiento, y tal vez incluso solicitar que el tratamiento fuera financiado bajo el microscopio, si ella no anotó esas cosas. ¿Cómo puedo presentar mi caso? Por favor ayuda. Soy estudiante y no tengo 600 PLN para el tratamiento, tanto más porque hay que tocarlo rápido, de lo contrario tendré que extraer este diente porque ya hay algunos cambios.
En el caso anterior, es posible presentar reclamaciones ante los tribunales. Según el art. 415 del Código Civil, en el caso de un dentista que ha cometido un tratamiento inadecuado, existe una premisa de culpabilidad y compensación al paciente por los daños ocasionados por un tratamiento inadecuado. Esta disposición proporciona un pretexto para formular una definición muy amplia de agravio, y así incluir en este término no solo la conducta culpable de un médico, sino también la conducta que no es culpable o independiente de la voluntad. El acto de un médico puede consistir tanto en una acción como en una omisión, y la acción suele adoptar la forma de un acto fáctico, pero también es posible causar daño mediante un acto jurídico. Para convertirse en ilegal, el propio acto del médico debe ser ilegal y culpable. El criterio de ilicitud debe investigarse en primer lugar, ya que establecer su ausencia hace que la consideración de la culpabilidad sea inútil. La creencia dominante es que la ilegalidad es contraria a la ley oa los principios de convivencia social. Según otra posición, la ilegalidad solo debe considerarse contraria a lo establecido por la ley, ya que no existe una base legal que permita emitir juicios desde el punto de vista de las reglas morales. Los tipos individuales de agravio se basan en uno de los cuatro principios de responsabilidad: la culpa del médico, la ilegalidad de sus acciones, el riesgo del tratamiento o la forma correcta del tratamiento. El principio debe entenderse como el supuesto básico de responsabilidad por daños y perjuicios establecido en una determinada disposición. Los principios particulares se distinguen por su relación con los valores subyacentes a la obligación de indemnizar el daño. El principio de culpabilidad hace posible la base de la responsabilidad para presentar cargos por conducta ilícita. El principio de ilegalidad basa la responsabilidad en el mero hecho de que sea incompatible con la normativa o con los principios de convivencia social.
Base jurídica: Ley del Código Civil (Boletín Legislativo de 1964, núm. 16, artículo 93, en su forma enmendada)
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Przemysław GogojewiczPerito legal independiente especializado en asuntos médicos.